Todo preso es político: la educación como forma de resistencia en contextos de encierro

A mis compañeros del Centro Universitario Devoto.

Introducción y contexto

El pasado 20 de marzo, el Ministerio de Seguridad de la Nación publicó la Resolución 372/2025, firmada por Patricia Bullrich, en la que se prohíbe el funcionamiento de centros de estudiantes en cárceles federales, y se restringe la permanencia de las personas detenidas en los espacios educativos fuera del horario de clases. Esta medida atenta directamente contra el funcionamiento de los espacios educativos en contextos de encierro que son fundamentales para la reinserción y constituyen una excepción transformadora, con reglas propias que se sostienen en la organización colectiva, demostrando que otro vínculo entre el Estado y las personas privadas de su libertad es posible.

Para acercarnos a los fundamentos de la decisión, recurrimos al comunicado de prensa del gobierno en el que se hace referencia a la existencia de “centros de estudiantes” dentro de algunos complejos penitenciarios que generan “un esquema que dificulta la aplicación efectiva del régimen de progresividad y altera la seguridad y el normal desarrollo de las actividades diarias”. A su vez encontramos en los considerandos de la Resolución algunos elementos adicionales:

  • «(…) Que esa organización no está reconocida por la administración penitenciaria y tergiversa la finalidad de readaptación social de los internos toda vez que impide, en los hechos, el cumplimiento de las pautas del régimen de progresividad.”
  • «(…) Que con el pretexto del cumplimiento de tareas inherentes al centro de estudiantes, los miembros permanecen en los centros educativos de lunes a viernes, durante toda la jornada, fuera del horario en que cada uno debe asistir a cursar las materias asignadas.”
  • «(…) Que lo nombrado anteriormente impide que realicen las tareas obligatorias a los fines de la reinserción social, en particular, tareas laborales, como así también aquellas actividades necesarias para el mantenimiento de los espacios propios y comunes que, a la par de resultar obligatorios para todos los internos.”

Estas son algunos de los fundamentos de la decisión, argumentos con los que voy a discutir a lo largo del artículo, buscando contrastarlos con la realidad, para descubrir que son justamente estos espacios como el CUD donde los internos aprenden a respetar al otro, a ser parte de un colectivo, de una sociedad, a organizarse, a tomar responsabilidades y cumplirlas, donde ejercen sus tareas laborales y de mantenimiento en un espacio común, de todos y para todos. Intentaré demostrar que el CUD es un espacio en el que los internos aprenden las herramientas más claras y útiles para su reinserción social, el lugar donde se vuelven a conectar con la esperanza de volver a una sociedad, desde otro lugar y con otra conciencia.

Este artículo se propone analizar el impacto de esta medida desde una perspectiva que articule el derecho a la educación en contextos de encierro con el desarrollo local, entendiendo que las políticas públicas vinculadas al acceso a la educación, aún en los márgenes del sistema, son parte sustantiva del desarrollo de las comunidades.

El desarrollo local debe pensarse como un proceso integral, que construya capacidades sociales, que fomente la organización y priorice la inclusión de los sectores históricamente excluidos. En este sentido, los espacios educativos en las cárceles —como el Centro Universitario Devoto que se analiza en el presente artículo— forman parte de un entramado más amplio de políticas que democratizan el acceso al conocimiento y promueven ciudadanía, aún en contextos adversos.

Para comprender el verdadero alcance de esta resolución, también es necesario reconocer que el sistema penitenciario argentino arrastra problemas estructurales profundos: altos niveles de reincidencia, sobrepoblación, hacinamiento, condiciones inhumanas de detención, violencia institucional y una lógica de castigo que privilegia la exclusión por sobre la reinserción. En este contexto, los espacios educativos son una excepción transformadora: funcionan con reglas propias, se sostienen en la organización colectiva y demuestran que otro vínculo entre el Estado y las personas privadas de su libertad es posible.

Ahora bien, ¿qué implica esta Resolución y a quienes afecta? Para responder esto, tenemos que conocer un poco mejor la historia de la Educación en Contextos de Encierro (ECE) en nuestro país.

Partamos desde el inicio: la educación como derecho

El punto inicial a tener en cuenta parece bastante sencillo pero es fundamental para entender lo que está pasando. Las personas que se encuentran privadas de su libertad tienen un solo derecho restringido: su libertad;  todos los demás derechos, incluyendo el acceso a la educación, siguen plenamente vigentes. Así lo reconoce la Constitución Nacional en su artículo 14, y con más fuerza aún cuando incorpora tratados internacionales de derechos humanos con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22).

La educación es una herramienta de desarrollo personal y colectivo, una vía para construir ciudadanía y, sobre todo, una puerta de acceso a mejores condiciones de vida. En contextos de encierro, adquiere además una dimensión reparadora: no solo se trata de aprender oficios o carreras, sino de recuperar la capacidad de elegir, de organizarse, de pensar críticamente, siempre dentro de los márgenes de la condena pero con proyección de reinserción.

En un sistema penal profundamente desigual, racista y selectivo, estudiar se convierte en una forma concreta de resistencia; en las cárceles, el estudio permite recuperar al menos uno de los derechos negados: el de la educación.

En este punto debemos problematizar el segundo artículo de la Resolución: la prohibición de permanecer en el espacio educativo fuera del horario de cursada impide el acceso al material de estudio, al intercambio con compañerxs y al desarrollo pleno como estudiantes en un entorno adecuado. En definitiva, es una barrera concreta al ejercicio efectivo del derecho a la educación.

Distintos informes lo sostienen con datos: según el informe anual del 2023 de  la Procuración Penitenciaria de la Nación, el 84% de las personas que acceden a propuestas educativas mientras están privadas de su libertad no reinciden. Es decir, la educación no solo transforma vidas, también reduce la violencia, fortalece la convivencia social y promueve trayectorias de inclusión y autonomía.

En la actualidad, distintas universidades públicas desarrollan programas educativos en contextos de encierro en el país. Existen centros universitarios en unidades penitenciarias de al menos 8 provincias. Si nombramos solo las experiencias de CABA y PBA, podemos mencionar: la UBA (en el Penal de Devoto- CUD y en el penal de Ezeiza – CUE), la UNSAM (CUSAM en José León Suárez), la UNLP (en la Unidad 9 de La Plata) y la UNMa (en el Penal de Marcos Paz). A esto se suman más de 140 unidades educativas que ofrecen educación primaria y secundaria, y más de 35.000 personas privadas de libertad inscriptas en alguna propuesta educativa formal.

Estos números reflejan que la educación en las cárceles no es un privilegio aislado, sino un derecho ejercido por miles de personas, sostenido por redes institucionales, docentes, organizaciones sociales y centros de estudiantes, cuya existencia es clave para el acceso real a sus derechos.

El Centro Universitario Devoto (CUD): una historia de la educación en cárceles argentinas

Me voy a centrar en el CUD porque es la experiencia que conozco de primera mano: participo de sus actividades hace ya nueve años. Y también porque es el penal más directamente perjudicado por esta resolución.

El Centro Universitario Devoto (CUD) es mucho más que un anexo de la Universidad de Buenos Aires dentro del penal. Es, para muchos, el primer espacio donde se los llama por su nombre y no por un número. El CUD funciona desde 1985 y es el único espacio universitario dentro del sistema federal ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Allí se dictan carreras de la UBA, a cargo de los mismos docentes que dan clases en el resto de las sedes de la UBA, y también funcionan programas de educación primaria, secundaria y talleres extracurriculares. Actualmente, el CUD cuenta con más de 500 graduados en los distintos programas y carreras que ofrece, teniendo en cuenta que la gran mayoría comienza su carrera dentro y la termina afuera.

El CUD es un espacio autogestionado. Tanto el mantenimiento como el orden y la limpieza están a cargo de los estudiantes, en particular de sus representantes democráticamente elegidos. Son ellos quienes se ocupan de sostener y cuidar ese espacio. A nivel administrativo, el Programa UBA XXII prevé los roles de “Coordinadores Externos”, que junto con lxs “Coordinadores Internos” —también electos por voto— organizan la cursada, gestionan el acceso a materiales y tramitan los pedidos académicos.

El Centro de Estudiantes del CUD, al igual que en cualquier otra universidad, cumple una función clave de representación. Pero además, en este contexto, es uno de los pilares que garantiza el funcionamiento cotidiano del espacio. Por eso, es necesario problematizar el primer artículo de la resolución: la prohibición de conformar centros de estudiantes no sólo cercena un derecho político, también atenta contra la sustentabilidad misma de la experiencia educativa en Devoto.

Lo más valioso del CUD es su organización democrática. Estudiar en una cárcel, organizarse, votar representantes, asumir responsabilidades. No es solo un espacio de estudio: es un ejercicio cotidiano de ciudadanía, de responsabilidad colectiva y de construcción política en un lugar donde todo parece querer aplastar esas posibilidades.

Este no es solo un ataque a las personas privadas de su libertad. Es también un nuevo embate contra la autonomía universitaria de la UBA y contra la educación pública en su conjunto. En los últimos meses, el gobierno nacional ha avanzado sistemáticamente sobre las universidades públicas mediante recortes presupuestarios, cuestionamientos a su funcionamiento interno y deslegitimación de su rol en la sociedad. La resolución que prohíbe los centros de estudiantes en cárceles no puede leerse aislada: se inscribe en una política más amplia de desfinanciamiento y disciplinamiento de los espacios educativos críticos, en especial aquellos que nacen de la organización colectiva y la autogestión. Lo que se pone en cuestión, en definitiva, es el derecho a estudiar, a organizarse y a construir ciudadanía incluso en contextos de encierro.

Fallo Judicial post resolucion

Frente al impacto regresivo de la Resolución 372/2025, la Procuración Penitenciaria de la Nación presentó un habeas corpus colectivo. En su fallo, el juez Sebastián Iturralde rechazó la nulidad del artículo que prohíbe los centros de estudiantes, pero ordenó al Servicio Penitenciario Federal garantizar que las personas detenidas puedan permanecer en los espacios educativos “todo el tiempo que sea necesario para realizar actividades académicas y extracurriculares”.

Esto representa, al menos de forma parcial, un freno judicial a la implementación más severa de la resolución. Y, sobre todo, reconoce algo que quienes transitamos estos espacios sabemos bien: limitar el acceso al aula o al material de estudio no es un detalle técnico, es una forma de excluir. Es importante señalar que todavía, el Servicio  no está cumpliendo con lo ordenado por la resolución judicial.

Breve digresión: el Papa convaleciente y las personas privadas de su libertad

Mientras se escribía este artículo sucedió un hecho que poco parecía tener que ver con el motivo del mismo y que con el correr de los días cobró un significado cada vez más profundo: el día en el que los católicos celebran el “Jueves Santo”, el Papa Francisco aún convaleciente de los problemas respiratorios que lo aquejaban y en lo que fue una de sus últimas apariciones en público, realizó una visita al centro penitenciario de Regina Coeli, en el barrio romano del Trastevere donde se reunió con más de 70 reclusos de diferentes nacionalidades. A la salida de su visita, en contacto con la prensa dejó la siguiente frase que sería una de sus últimas declaraciones públicas: “Cada vez que visito estos lugares me pregunto: ¿Por qué ellos y no yo?”.

Al margen de la profundidad de la reflexión a la que podría llevarnos aquella pregunta, el hecho remite de forma directa al penal de Devoto, sobre el que sí trata este artículo. La relación entre ambos responde a que las visitas a personas privadas de su libertad en esta fecha religiosa corresponde a una tradición que inauguró hace más de dos décadas Jorge Bergoglio cuando en su primer “Jueves Santo” como arzobispo de Buenos Aires decidió ceder la misa a obispos auxiliares para realizar una visita que repetiría año a año, al penal de Devoto y a otras unidades penitenciarias, en donde realizaría con los reclusos un ritual conocido como “lavado de pies”, el cual tiene sus raíces en el judaísmo y representa entre otros valores la hospitalidad, el servicio y la humildad.

En el marco de su reciente fallecimiento, es sanador recordar a Francisco, como un faro moral de nuestra república en el mundo, con un legado que trasciende religiones y creencias, y nos enseña con estos hechos un mensaje contundente: la necesidad de visibilizar problemáticas invisibilizadas para mejorar las condiciones de quienes sufren, basado en el respeto de la dignidad humana de las personas privadas de libertad..

Un espacio de libertad tras las rejas

A modo de conclusión, me gustaría cerrar con una de las frases que se encuentran en la pared del penal: “el mérito puede medirse por las resistencias que provoca”. Una vez más, es necesario desarmar los intereses ocultos en ciertas decisiones políticas. Entender la historia del Penal de Devoto y del CUD es clave para comprender los ataques sistemáticos a un espacio que como los alumnos lo definen significa para ellos un espacio de libertad tras las rejas.

El sistema penitenciario argentino acarrea problemas estructurales profundos: altos niveles de reincidencia, hacinamiento, violencia institucional, falta de acceso a derechos básicos y una lógica punitiva que prioriza el castigo antes que la inclusión. Es urgente avanzar hacia una reforma profunda y respetuosa de los derechos humanos. Sin embargo, las medidas tomadas por el actual gobierno no solo no resuelven esos problemas: los agravan. Lejos de mejorar el cuadro de situación, destruyen justamente aquellos elementos que constituyen un activo a resguardar: la educación, la organización y la construcción de ciudadanía desde abajo.

Defender la educación en las cárceles no es solo defender un derecho individual: es también sostener la idea de que toda persona es más que su condena, y que aún en los márgenes del sistema, pueden construirse espacios de libertad, pensamiento y futuro colectivo.

Bibliografía

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